Nuevas nóminas
12 noviembre, 2014desempleo y autónomos
17 marzo, 2016Hoy desde Asesoría Florida vamos a recordar los contratos en prácticas.
REQUISITOS DE LOS TRABAJADORES
-
El contrato de trabajo en prácticas podrá concertarse con quienes estuvieren en posesión de título universitario o de formación profesional de grado medio o superior o títulos oficialmente reconocidos como equivalentes, de acuerdo con las leyes reguladoras del sistema educativo vigente, o de certificado de profesionalidad de acuerdo con lo previsto en la Ley Orgánica 5/2002, de 19 de junio, de las Cualificaciones y de la Formación, que habiliten para el ejercicio profesional.
- Que no hayan transcurrido más de 5 años o 7 cuando el contrato se concierte con un trabajador con discapacidad, desde la terminación de los estudios.
FORMALIZACIÓN, DURACIÓN Y JORNADA
Por escrito, indicando la titulación del trabajador, duración y puesto. No podrá ser inferior a 6 meses ni superior a 2 años, siempre que sea inferior a los 2 años se podrá conceder hasta 2 prorrogas con una duración mínima de 6 meses.
El periodo de prueba no podrá ser superior a un mes para los contratos en prácticas celebrados con trabajadores que estén en posesión de título de grado medio o certificado de profesionalidad nivel 1 o 2, ni a 2 meses para los contratos en prácticas celebrados con trabajadores que estén en posesión de título de grado superior o de certificado de profesionalidad nivel 3, salvo lo dispuesto en convenio.
RETRIBUCIÓN
El primer año la fijada en convenio sin que en ningún caso pueda ser inferior al 60% ni inferior al 75% durante el segundo año. Ningún caso inferior al SMI. En caso de trabajadores contratados a tiempo parcial el salario se reducirá según jornada.
A la terminación del contrato, el empresario deberá expedir al trabajador un certificado que conste la duración de las prácticas, el puesto de trabajo ocupado y las principales tareas del mismo.
Si al término del contrato el trabajador continuase en la empresa, no podrá concertarse un nuevo periodo de prueba.
INCENTIVOS
Cuando de concierte a un menor de 30 años o menor de 35 con discapacidad igual o superior al 33%, se tendrá derecho a una reducción del 50% de la cuota por Contingencias Comunes.